Lealtad comercial

 La fidelidad incondicional con los pactos comerciales suena muy honorable y hasta casi idílico, pero veamos si no encierra una paradoja. Qué encierra el ser cumplidor. Ya actualmente se reconoce como un derecho humano universal establecer ciertos límites y control soberano, es decir de los estados nacionales, sobre la forma de cancelar compromisos con la figura del síndico, que determina de qué forma y con qué prioridades se cancelan los compromisos comerciales adquiridos. Pero no todos los pactos comerciales son alcanzados por esta protección de derechos humanos, como veremos, solo casos extremos donde el individuo se declara hundido y son tantas las penurias que acompañan a este tirar la toalla que se lo considera solo en una ultísima instancia. En tanto el individuo afectado no saque bandera blanca, si no quiere ser castigado por el Ser Social tildado de incumplidor, tramposo, estafador, taimado, no confiable, malvado, traidor, traicionero, mal viviente, etc., tendrá que recurrir a cualquier medio para sostener su fidelidad, y esto no solo implica desafectarse de todas sus propiedades privadas y estafar a otros para también poder desafectar sus propiedades privadas, sino llevar a cabo actos, dentro y fuera de la ley que aunque le parezcan perjudiciales para el universo incluida la humanidad o una parte de esta, seguirá adelante, es decir, actuará mal en el sentido natural de esta palabra, es decir hacerse el mal el mismo o actuará mal en el sentido social de esta palabra, es decir hacer el mal a otros. Pero entonces llegamos a que por un mandato implícito, social, el hombre está obligado a hacer el mal natural y social, es decir que un hecho social como es la fidelidad comercial, es un hecho en que la sociedad admite e induce a dañarse a sí misma.

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